España ha decido hacer obligatorio el uso de las facturas electrónicas entre las empresas. La medida ha sido publicada por La Dirección General de Política Económica en el anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas.
Según el anteproyecto de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas, a partir de verano será obligatoria la facturación electrónica en España. Esta fue una de las conclusiones de la jornada sobre Identidad digital y firma electrónica organizada por la CEOE en compañía de Ivnosys y Signaturit.
La Factura digital facilita la automatización de procesos con mayores garantías de seguridad y cumplimiento del que proporcionaban hasta ahora los procesos físicos. Hemos de recordar que la factura electrónica tiene la misma validez que la factura tradicional, tanto a nivel jurídico como tributario, como especifica la ley reguladora de los servicios electrónicos. No es necesaria la copia en papel, lo que conlleva una importante reducción de costes de procesamiento. Entre sus beneficios, destacan una mayor eficiencia en los procesos, la mejora de la gestión de cobros, y las facilidades para acceso remoto a las facturas para su aprobación o visualización.
A pesar de la creencia muy extendida de que la factura electrónica está reservada a la gran empresa por su alto coste, la realidad es que, gracias a las nuevas tecnologías, las PYMES y microempresas pueden utilizarla con una inversión muy pequeña y coste mínimo. Para facilitarlo todavía más, la factura electrónica es uno de los supuestos de inversión para las ayudas del Kit Digital.
La factura electrónica es, ante todo, una factura, con los mismos efectos legales que si fuera de papel. La diferencia es que se expide y recibe en formato electrónico. Están reguladas por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento en el que se regulan las obligaciones de facturación. Recoge aspectos como los tipos de factura, la expedición de terceros, el contenido de la factura, los plazos, etc.
Hay, en concreto, tres aspectos que todas las facturas deben garantizar: la legibilidad, la autenticidad -es decir, garantizar la identidad del obligado a su expedición y del emisor de la factura- y la integridad del contenido de la factura -esto es, garantizar que su contenido no ha sido modificado-.
En el caso de la factura electrónica, la legibilidad la facilita el programa informático que la crea, y la autenticidad y la integridad pueden garantizarse mediante firma o certificado electrónico, intercambio de datos EDI o mediante otros medios que los interesados hayan comunicado a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Por su parte, la Administración pública distingue dos tipos fundamentales de factura electrónica:
¿Necesitas ayuda?
Las empresas deberán:
El Bono del Kit Digital para digitalizar el flujo de emisión de facturas entre las empresas beneficiarias y sus clientes, tiene una subvención máxima de 4.000€
Los beneficios de adoptar la factura electrónica son numerosos:
Si desea conocer los detalles de cómo automatizar su facturación electrónica con los ERP Microsoft Dynamics 365, puede visionar el webinar de COSMO CONSULT “Facturación Electrónica para Microsoft Dynamics 365 Business Central”, que encontrará siguiendo este enlace a nuestro canal de Youtube.
La solución que propone COSMO CONSULT permite enviar y recibir facturas electrónicas y otros documentos como pedidos o modelos de impuestos a través del sistema ERP, sin necesidad de grandes proyectos de implementación.
Con los conectores se aumentan las funcionalidades del ERP, facilitando una gestión integral de los documentos electrónicos.
La entrada en vigor de la Ley en Noviembre de 2021 activó los plazos en que la factura electrónica se convierte en obligatoria, lo que se hará en dos fases, dependiendo de la facturación:
Es importante resaltar que para poder emitir la factura electrónica será necesario disponer de un certificado digital que la avale.